
Licencia turística en Andalucía: requisitos paso a paso
Todo lo que necesitas para registrar tu vivienda como VUT en Andalucía: requisitos, trámite, plazos y los errores que más caro se pagan.
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Guías, resúmenes por comunidad autónoma y las novedades que afectan a tu vivienda en alquiler turístico. Todo lo que necesitas para operar con seguridad jurídica.
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En España no existe una única ley del alquiler vacacional: la normativa depende de cada comunidad autónoma y, muy a menudo, del ayuntamiento. Por eso lo primero, y lo más importante, es el registro autonómico de tu vivienda, que cada región denomina de forma distinta —VFT en Andalucía, HUT en Cataluña, ETV en Baleares, VV en Canarias, VUT en Madrid y en buena parte del resto—. Obtenerlo exige cumplir unos requisitos técnicos (equipamiento, seguridad, y en algunos casos un certificado municipal de compatibilidad urbanística que confirme que en tu zona se permite el uso turístico).
Durante 2025 se sumó un registro estatal, el Número de Registro Único de Arrendamientos, pero el Tribunal Supremo lo anuló en mayo de 2026; los registros autonómicos, en cambio, siguen siendo obligatorios. Y no es un trámite menor: anunciar una vivienda sin registro tiene consecuencias reales. En 2025 Airbnb fue sancionada con más de 64 millones de euros por publicar miles de alojamientos sin licencia válida, y las plataformas retiran los anuncios que no muestran un número de registro correcto.
En Fee4Me te orientamos sobre los requisitos de licencia específicos de tu zona desde el primer día de gestión.
NOVEDADES NORMATIVAS
El marco legal del alquiler vacacional se ha transformado por completo entre 2024 y 2026, y conviene conocer las novedades que más te afectan. La primera llega de la comunidad de vecinos: desde abril de 2025, la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal permite que la junta de propietarios limite o incluso prohíba nuevos pisos turísticos con el voto favorable de tres quintos (el 60 %) de los vecinos; y si los estatutos de tu edificio ya prohibían los usos no residenciales, esa prohibición también se aplica a tu vivienda.
La segunda afecta a todos por igual: el registro de viajeros a través de SES.HOSPEDAJES es obligatorio desde diciembre de 2024, sin excepciones ni mínimos de estancia. La tercera fue la más comentada: el Número de Registro Único estatal, obligatorio desde julio de 2025, quedó anulado por el Tribunal Supremo en mayo de 2026 —aunque, insistimos, los registros autonómicos siguen vigentes—. A todo ello se suman las moratorias municipales: Barcelona ha anunciado que no renovará las licencias existentes a partir de 2028, Madrid condiciona el uso turístico con su Plan RESIDE, y ciudades como Valencia o Palma han restringido las nuevas altas por zonas.
Seguimos de cerca la evolución del marco regulatorio para que tus propiedades operen siempre dentro de la legalidad vigente.
REGISTRO Y FISCALIDAD
Más allá de conseguir la licencia, operar un alquiler vacacional implica cumplir con tres obligaciones de forma continua. La primera es el registro de viajeros: desde diciembre de 2024, el Real Decreto 933/2021 obliga a comunicar los datos de cada huésped a través de SES.HOSPEDAJES en las primeras 24 horas tras su llegada, y a conservarlos durante tres años. La segunda es la autorización de la comunidad de propietarios, necesaria para las actividades iniciadas después de abril de 2025.
La tercera es la fiscalidad. Los ingresos del alquiler turístico tributan en el IRPF —como rendimientos del capital inmobiliario, o como actividad económica si ofreces servicios propios de la hostelería— y cada año, en febrero, corresponde presentar el modelo informativo anual; las plataformas, por su parte, informan a Hacienda de tus reservas mediante el Modelo 179. Cumplir con todo esto a mano consume tiempo y se presta a errores que pueden acabar en requerimientos.
La gestión integral de Fee4Me incluye el acompañamiento en el registro de huéspedes, la relación con la comunidad y el cumplimiento de las obligaciones del propietario.
Información orientativa a fecha de 2026. La normativa cambia con frecuencia y varía según la comunidad autónoma y el municipio. Consulta siempre la normativa vigente y, ante cualquier duda, a un profesional.
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Cada comunidad autónoma regula el alquiler vacacional de forma independiente. Selecciona la tuya para ver el resumen orientativo.
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Cumplimiento Normativo Alquiler Vacacional
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Todo lo que tu vivienda de uso turístico necesita cumplir en España: del alta en el registro autonómico a las obligaciones de cada reserva.
FAQ
Depende de tu ubicación. La mayoría de comunidades autónomas en España requieren licencias o registros. Las normativas varían por comunidad autónoma y municipio. Consulta con tu ayuntamiento o autoridad local, o con un asesor legal especializado.
Generalmente necesitarás: documentación de propiedad (escrituras, IBI), certificados técnicos (habitabilidad, eficiencia energética según zona), seguro de responsabilidad civil, política de privacidad, normas internas y contratos. La lista exacta depende de tu ubicación.
En España, algunas comunidades pueden limitar o prohibir el alquiler vacacional mediante sus estatutos. Es importante revisar tus estatutos y actas de comunidad antes de publicar tu propiedad.
Muchas jurisdicciones exigen registrar datos de huéspedes (identidad, fechas de estancia) y reportarlos a las autoridades. La responsabilidad es del propietario. Consulta la normativa local específica de tu ciudad o región.
No. Cada comunidad autónoma tiene su propia regulación, y algunos municipios añaden requisitos adicionales. Siempre verifica la normativa específica de tu ubicación.
En España: webs de tu comunidad autónoma (área de turismo/consumo) y ayuntamiento. También puedes consultar con colegios profesionales o asesores especializados en alquiler vacacional.
GESTIÓN SIN COMPLICACIONES
Gestionar el cumplimiento de un alquiler vacacional puede ser complejo: licencias turísticas, registro de viajeros, exigencias de la comunidad de vecinos y obligaciones fiscales. En Fee4Me nos encargamos de orientarte durante todo el proceso para que puedas alquilar con seguridad.
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