Licencia turística en la Región de Murcia 2026: VUT, ITREM y requisitos
La Región de Murcia es de las comunidades donde abrir una vivienda de uso turístico sigue siendo ágil: basta una declaración responsable ante el ITREM para operar, y ningún ayuntamiento la prohíbe por zonas. Pero hay requisitos que cumplir —seguro de 300.000 €, acuerdo de la comunidad, número en los anuncios— y cambios fiscales estatales en el aire.
Nota: esta guía es informativa y no sustituye a la asesoría legal. La normativa turística y, sobre todo, la fiscalidad estatal están cambiando en 2026; verifica siempre tu caso en el BORM, en tu ayuntamiento y con tu asesor antes de tomar decisiones.
10.893VUT en el registro del ITREM (2025)
300.000 €seguro de RC mínimo obligatorio
Sin tope de díasla habitualidad la marca anunciarse
hasta 150.000 €multa por infracción muy grave
¿Puedo abrir una vivienda de uso turístico en Murcia en 2026?
Sí. La Región de Murcia es de las comunidades donde abrir una VUT sigue siendo relativamente ágil: se da de alta con una declaración responsable ante el ITREM y se puede empezar a operar de inmediato. No hay un tope de días a partir del cual se considere actividad turística —lo que la define es anunciar la vivienda con fines turísticos— y, a día de hoy, ningún ayuntamiento de la Región ha aprobado una ordenanza específica que prohíba o zonifique las VUT, a diferencia de lo que ocurre en Baleares o en las grandes ciudades gallegas.
Eso no significa que valga todo. Antes de dar el alta conviene ordenar estos pasos:
Acuerdo de la comunidad de propietarios (3/5) si la vivienda está en un edificio dividido en propiedad horizontal. El ITREM lo exige como documento obligatorio.
Seguro de responsabilidad civil de al menos 300.000 € por siniestro, en vigor mientras dure la actividad.
Declaración responsable ante el ITREM (procedimiento 1890 de la sede de la CARM).
Número de registro (signatura) en todos los anuncios en cuanto el ITREM te lo asigne.
Alta en SES.Hospedajes para comunicar los viajeros al Ministerio del Interior.
El marco legal, en claro
La VUT en Murcia se rige por la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia y por el Decreto 256/2019, de 10 de octubre, que es la norma específica de las viviendas de uso turístico. Conviene no confundirlo: el antiguo Decreto 75/2005 (alojamientos vacacionales) quedó derogado en esta materia, los apartamentos turísticos van por el Decreto 174/2018 y las casas rurales por el Decreto 18/2020. A octubre de 2026 no consta ningún decreto autonómico nuevo de VUT en tramitación.
El Decreto 256/2019 reconoce dos modalidades: la vivienda cedida completa (es una unidad indivisible: no puede haber a la vez huéspedes con contratos distintos) y la cesión por habitaciones, que solo puede explotar una persona física empadronada que resida de forma efectiva en esa vivienda. Y define la actividad por la habitualidad: se presume en cuanto hay publicidad, sin exigir un número mínimo de días.
El alta paso a paso: declaración responsable ante el ITREM
El trámite es la declaración responsable del procedimiento 1890 («Viviendas de Uso Turístico: Altas, Bajas y Modificaciones») en la sede electrónica de la CARM, que gestiona el Instituto de Turismo de la Región de Murcia (ITREM). En ella declaras, entre otras cosas, los datos del titular, la relación de viviendas con su referencia catastral y capacidad, que cumples los requisitos y que tienes el seguro de RC en vigor.
Dos puntos que conviene tener claros:
Puedes operar desde que presentas la declaración completa. El ITREM te inscribe en el registro y te envía por email la signatura (número turístico) provisional. Después, la Inspección puede concertar una visita y dictar la clasificación definitiva en un plazo de 3 meses.
La tasa de alta está bonificada al 100 % para quien inicia la actividad por primera vez.
Si la vivienda está en un edificio en propiedad horizontal, el ITREM comprueba el Catastro y te exige el certificado de aprobación expresa de la comunidad: el acta de la junta no sirve mientras no sea firme. Si no hay comunidad constituida, vale un certificado del Registro de la Propiedad que lo acredite.
Tu número de registro y los anuncios
La vivienda queda inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Región de Murcia, un registro público e informativo, y recibe una signatura o número turístico que es obligatorio en toda la publicidad (Airbnb, Booking, tu web). Las plataformas lo verifican: desde mediados de 2025, por acuerdo con el ITREM, dan de baja en la Región los anuncios sin número válido.
Importante sobre el formato del número: verás por ahí ejemplos del tipo «VV.MU.0000-0000», pero ese formato procede de la ayuda de Airbnb, no de una norma oficial. Tómalo como orientativo: el número válido es el que te asigne el ITREM, tal cual.
Sobre el registro estatal: el número único NRUA (del Real Decreto 1312/2024) fue anulado por el Tribunal Supremo en 2026 por invadir competencias autonómicas. En Murcia, por tanto, el número que cuenta para anunciarte es la signatura del ITREM; no necesitas el NRUA.
Requisitos de la vivienda (Decreto 256/2019)
Categoría única, sin estrellas ni llaves.
Seguro de responsabilidad civil de 300.000 € mínimo por siniestro, en vigor durante toda la actividad.
Capacidad la que fije la licencia de ocupación o equivalente, con un máximo de 10 plazas.
Responsable con teléfono visible dentro de la vivienda (en español e inglés) y servicio de asistencia.
Placa o distintivo con la signatura, visible en la entrada.
Extintor y botiquín, más los teléfonos de emergencia (112) por escrito en varios idiomas.
Cocina equipada (frigorífico, fuegos, horno o microondas, lavadora, menaje) y dormitorios con las superficies mínimas del decreto.
Hojas de reclamaciones a disposición del huésped, con su cartel.
El decreto no te pide aportar la cédula o licencia de ocupación con el alta, pero sí remite a ella para fijar la capacidad: tenla a mano por si hay inspección.
¿Puede impedirlo la comunidad de propietarios?
Sí, y su autorización es ahora un paso previo. Desde la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal en vigor desde el 3 de abril de 2025: para iniciar una VUT en un edificio de pisos necesitas el acuerdo expreso de tres quintas partes de los propietarios; con esa misma mayoría la comunidad puede limitar, condicionar o prohibir la actividad, e imponer un recargo de hasta el 20 % en los gastos comunes de la vivienda turística. Quien ya operaba legalmente antes de la reforma puede continuar. En Murcia este requisito está integrado en el propio alta: sin el certificado de la comunidad, el ITREM no tramita la declaración.
El filtro municipal: menos restrictivo, pero pregunta en tu ayuntamiento
Los ayuntamientos pueden ordenar el uso turístico a través del planeamiento urbanístico, y todo plan que prevea uso turístico pasa por informe del órgano de turismo. Situación en los principales municipios a octubre de 2026:
Municipio
Situación
Murcia capital
Sin ordenanza ni moratoria específica de VUT localizada.
Cartagena
Sin regulación de VUT; el Pleno rechazó en mayo de 2025 una moción para crear ordenanza y censo. El nuevo PGOU está en exposición pública.
San Javier / La Manga
Suspensión de licencias de edificación y modificación de normas que reservan suelo a uso hotelero. Afecta a la OBRA NUEVA, no es una moratoria de las VUT existentes.
Mazarrón, Águilas, San Pedro del Pinatar, Los Alcázares
No se han localizado ordenanzas ni zonificación de VUT.
Importante: la ausencia de resultados no prueba que no exista normativa municipal, y los planeamientos de Cartagena y La Manga están en revisión. Antes de comprar o reformar, pide siempre a tu concello el certificado de compatibilidad urbanística de tu vivienda concreta. Además, la Región no ha declarado zonas de mercado residencial tensionado, lo que hoy te libra de posibles recargos de IBI ligados a ellas. Para comparar con otras comunidades, consulta nuestra guía de normativa del alquiler vacacional por comunidades.
Obligaciones del día a día
Registro de viajeros (SES.Hospedajes): alta previa y comunicación de reservas y viajeros al Ministerio del Interior en un máximo de 24 horas, conservando los datos 3 años (Real Decreto 933/2021).
Signatura del ITREM visible en todos los anuncios.
Hoja de admisión antes de la entrada (con signatura, responsable, precio y fechas), firmada por el cliente y conservada un año.
Horarios de referencia: entrada a las 17:00 y salida a las 12:00, salvo pacto.
Precios libres pero anunciados con los impuestos desglosados; la fianza, si se pide, se devuelve en un máximo de 3 días.
Impuestos: lo que debes saber
IRPF: sin servicios de tipo hotelero, tributas por rendimientos del capital inmobiliario, deduciendo gastos (IBI, comunidad, suministros a tu cargo, seguro, comisiones de plataforma, amortización) en proporción a los días alquilados. La reducción del alquiler de vivienda habitual no se aplica al turístico. Con servicios tipo hotel durante la estancia, es actividad económica.
IVA: hoy el alquiler sin servicios hoteleros está exento; con servicios se aplica el 10 %. Hay una reforma estatal que fijaría un IVA del 10 % para estancias de 30 noches o menos desde el 1 de diciembre de 2026 (RDL 29/2026), pero está pendiente de convalidación (votación prevista el 16 de octubre de 2026) y puede decaer; trátalo como probable, no seguro.
Tasa turística: la Región de Murcia no tiene tasa ni impuesto autonómico sobre estancias, ni recargos municipales conocidos.
IBI: no existe hoy ningún recargo específico para VUT en la Región. La reforma estatal permitiría recargos solo en zonas tensionadas, y Murcia no tiene ninguna declarada.
Sanciones: el coste de no cumplir
Operar sin presentar la declaración responsable es una infracción grave. Horquillas de la Ley 12/2013:
Tipo
Multa
Ejemplos
Leve
Apercibimiento o hasta 1.000 €
No exhibir la placa, no tener hojas de reclamaciones, superar la capacidad reconocida, incumplir horarios
Grave
1.001 – 10.000 €
Ejercer sin declaración responsable, publicidad engañosa, falsedad en la declaración, comercializar viviendas no declaradas
Muy grave
10.001 – 150.000 €
No tener en vigor el seguro de RC exigido; reincidencia con daño notorio a la imagen turística
Ejercer sin declaración responsable, además de la multa, conlleva no poder continuar la actividad tras el expediente. Y ojo: que falte el seguro de RC es directamente una infracción muy grave. El ITREM ha reforzado la inspección online y ha detectado más de mil viviendas irregulares en los últimos años. En la vecina Andalucía la inspección también cruza datos con Hacienda, el catastro y las plataformas, como contamos en nuestra guía sobre la normativa de Andalucía.
"En Murcia el marco legal todavía deja margen; la ventaja competitiva está en hacerlo bien desde el principio: alta, seguro, comunidad y cumplimiento al día."
Equipo Fee4Me
¿Qué deberías hacer ahora?
Si ya tienes licencia: mantén la signatura en todos los anuncios, el seguro de RC en vigor y SES.Hospedajes al día; es lo que más se inspecciona.
Si no la tienes: reúne el certificado de la comunidad (si procede) y el seguro, y presenta la declaración responsable; con un planeamiento municipal hoy poco restrictivo, Murcia es de las regiones donde antes puedes empezar a operar legalmente.
Si compras una vivienda «con licencia»: confirma la inscripción en el registro del ITREM, el seguro, el acuerdo de la comunidad y que no haya expedientes abiertos.
¿TE AYUDAMOS?
¿Dudas con la normativa de tu comunidad?
Cada comunidad autónoma cambia sus requisitos a menudo. Déjanos tu email y te orientamos sobre qué necesita tu vivienda, o escríbenos directamente por WhatsApp.
No. En Murcia no hay un umbral de días: la actividad se define por la habitualidad, que se presume en cuanto anuncias la vivienda con fines turísticos en cualquier canal.
Al presentar la declaración responsable (procedimiento 1890) ante el ITREM, tu vivienda se inscribe en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas y recibe una signatura o número turístico, obligatorio en todos los anuncios. El formato «VV.MU.…» que circula procede de Airbnb, no es oficial: usa el número tal como te lo dé el ITREM. El antiguo NRUA estatal fue anulado por el Tribunal Supremo en 2026.
Sí. El Decreto 256/2019 exige un seguro de RC de al menos 300.000 € por siniestro, en vigor mientras dure la actividad. No tenerlo es una infracción muy grave (hasta 150.000 €).
Sí. Desde abril de 2025, iniciar la actividad en un edificio de pisos requiere el acuerdo de tres quintas partes de los propietarios, que además pueden prohibirla o subir hasta un 20 % tu cuota de gastos comunes. En Murcia el ITREM te pide ese certificado para dar el alta.
No. La Región no tiene tasa turística autonómica ni recargos municipales conocidos, y al no haber zonas tensionadas declaradas, hoy tampoco se aplica recargo de IBI a las viviendas turísticas.
Ejercer sin declaración responsable es infracción grave, con multa de 1.001 a 10.000 €, y no podrás seguir con la actividad tras el expediente. Si además falta el seguro de RC, la infracción puede ser muy grave (hasta 150.000 €).
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